El gobierno aprobó recientemente una nueva ayuda de 200 euros para personas físicas con bajos niveles de ingresos y patrimonio. Esta medida busca aliviar la difícil situación económica que muchas familias están enfrentando, especialmente debido a los efectos de la inflación.
En este artículo, analizaremos en detalle los requisitos necesarios para poder acceder a esta ayuda, cómo solicitarla y cómo saber si nos la han concedido.
Se trata de una nueva ayuda otorgada por el Gobierno que consiste en un único pago de 200 euros a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio. En concreto, las personas beneficiarias tienen que cumplir los siguientes requisitos:
● Haber realizado una actividad por cuenta propia o ajena durante 2022, y que hayan estado dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social. También podrán solicitarla quienes hayan sido beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo.
● Solo podrán solicitarla aquellas personas que, a 31 de diciembre de 2022, no hayan superado los 27.000 euros brutos y, además, tengan un patrimonio inferior a los 75.000 euros, descontando la vivienda habitual.
● Estos importes se calcularán teniendo en cuenta la suma y el patrimonio de las personas que vivan en un mismo domicilio. En este caso, los descendientes o personas con discapacidad deben tener rentas inferiores a los 8.000 euros.
● Tener residencia habitual en España.
No obstante, existen otros criterios que también se tienen en cuenta para denegar la ayuda de 200 euros:
● Aquellas personas que perciban el Ingreso Mínimo Vital, incluyendo el complemento de ayuda a la infancia.
● Quienes perciban una pensión abonada por el Régimen General o los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado.
● Quienes perciban prestaciones análogas de las mutualidades de previsión social alternativa al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
● Las personas que fuesen administradores de una sociedad mercantil, y que no hubiese cesado su actividad a 31 de diciembre de 2022.
Para solicitar la ayuda de 200 euros, tienes que entrar en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, a través del siguiente enlace. Podrás acceder mediante certificado electrónico o identificándote mediante Cl@ve, certificado electrónico o DNI-e. También puede presentar el formulario, un tercero por apoderamiento o colaboración social.
Una vez dentro, tendrás que rellenar los siguientes datos:
➔ Datos del solicitante, informando del NIF/NIE, apellidos y nombre y teléfono de contacto.
➔ Cuenta bancaria (IBAN) donde se ingresará el importe de la ayuda.
➔ Condiciones, donde el solicitante tendrá que informar si cumple con los requisitos para ser beneficiario de la ayuda.
➔ Domicilio, donde se indicará toda la información de la residencia habitual del contribuyente.
➔ Relación de convivientes en el domicilio de residencia, si con el contribuyente conviven otras personas, como el cónyuge o los hijos. Aquí se informarán el nombre y apellidos de los convivientes, el NIF y la fecha de nacimiento.
Una vez completados todos estos datos, se podrá presentar sin presentar ninguna documentación adicional, ya que la Seguridad Social y otros organismos públicos remitirán a la Agencia Tributaria la información necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para solicitar la ayuda.
Eso sí, en caso de marcar la casilla "No presto mi consentimiento para la consulta de los Registros de parejas de hecho", deberás aportar documentación justificativa a través del apartado "Aportar documentación complementaria", consignando en este caso el CSV del justificante de la solicitud presentada.
En caso de que el solicitante desee modificar algún dato del formulario inicialmente presentado, debe dar de baja la solicitud presentada inicialmente y presentar un nuevo formulario con todos los datos cumplimentados.
Para acceder a dichas gestiones, y al igual que ocurre con el formulario inicial, será necesario identificarse con Cl@ve, certificado electrónico o DNI-e. Por apoderamiento o colaboración social, también puede dar de baja un tercero el formulario inicial y presentar uno nuevo.
Debes tener en cuenta que no se puede dar de baja una solicitud si ya se ha ordenado la correspondiente devolución.
Para comprobar si la ayuda de 200 euros del Gobierno ha sido aceptada, es necesario acudir a la sede electrónica de la Agencia Tributaria y seleccionar la opción "Consulta de solicitudes presentadas". Recuerda que, al igual que para solicitar el cheque, el acceso a la consulta requiere identificación mediante certificado electrónico, DNIe o Cl@ve PIN.
Una vez el contribuyente se haya identificado, aparecerá por defecto el NIF de la persona que ha introducido las claves de acceso en el formulario.
En el "filtro de búsqueda de la consulta", junto a los campos de "NIF obligado" y "Apellidos y nombre", podrás encontrar la casilla "Mostrar declaraciones en estado de baja". Si la marcas, se mostrará el estado de las solicitudes presentadas.
Si en la nueva columna de "estado" se lee la palabra "Alta", significa que la ayuda de 200 euros ha sido aprobada y será abonada a partir del 31 de marzo. Por contra, si está en situación de baja, esta no ha sido concedida.
La ayuda de 200 euros se podrá solicitar desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023.
De acuerdo con la información que consta en la página web de la Agencia Tributaria, el plazo para ingresar la ayuda es de 3 meses a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar el formulario, es decir, el 31 de marzo de 2023. Por tanto, el último día para que sea ingresada la ayuda será el 30 de junio de 2023.
Si una vez transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud, no se hubiese efectuado el pago ni se hubiese notificado una propuesta de resolución denegatoria, la solicitud podrá entenderse desestimada.