La declaración de la renta es una de las obligaciones fiscales más importantes que tienen los ciudadanos cada año.
Durante este proceso, se debe informar de todos los ingresos y gastos que se han tenido durante el ejercicio fiscal, para calcular el impuesto correspondiente, y uno de los más comunes son las primas de seguros.
En este sentido, muchos contribuyentes se preguntan si el seguro de hogar desgrava en la declaración de la renta. En este artículo, vamos a analizar esta cuestión y aclarar dudas al respecto.
¿Quieres saber más? Te lo explicamos.
El seguro de hogar es un tipo de póliza que protege la vivienda y sus contenidos contra diferentes riesgos, como incendios, robos, daños por agua, etc.
Este seguro es opcional, aunque en la mayoría de casos muy recomendable, ya que cubre los posibles daños que puedan sufrir la propiedad y los bienes del hogar.
Existen diferentes tipos de seguros de hogar, según las necesidades y preferencias de cada propietario.
Algunas pólizas ofrecen cobertura amplia y otras más limitada, según el grado de protección que busque el propietario de la vivienda.
Las pólizas más básicas cubren el contenido de la vivienda, es decir, todos sus elementos estructurales, mientras que otras más completas aseguran también el contenido, lo que se encuentra dentro de ella, como joyas, ordenadores, televisiones, etc.
Cuanto mayor sea el valor de lo asegurado y mayores las coberturas, mayor será también la prima a pagar.
La respuesta a esta pregunta es sí; el seguro de hogar desgrava en la declaración de la renta, aunque siempre que se cumplan ciertos requisitos.
Básicamente, existen tres escenarios posibles que dan derecho a deducibilidad: por inversión en vivienda habitual, por arrendamiento y en algunos casos, si eres autónomo.
El primer supuesto es el de inversión en vivienda habitual.
En realidad, no todos los contribuyentes pueden beneficiarse de esta deducción, sino solo aquellos que adquiriesen su vivienda con hipoteca antes del 1 de enero de 2013 con carácter general. El motivo es que esta deducción dejó de aplicarse a las viviendas que se hubiesen comprado a partir de este momento, por cambios en la normativa relativa a la fiscalidad de la vivienda.
Existen, además, otros supuestos que dan derecho a deducción:
● Si pagaste por la construcción de tu vivienda con anterioridad al 1 de enero de 2013.
● Si pagaste por rehabilitar tu vivienda o para adecuarla para personas dependientes antes del 1 de enero de 2013, siempre que las obras terminasen antes del 1 de enero de 2017.
Además, para poder deducir el importe del seguro de hogar, este tiene que estar vinculado a una hipoteca y cubrir los riesgos mínimos.
El importe máximo de la deducción corresponde con la deducción por vivienda habitual, entre la que se incluyen las primas del seguro de hogar pagadas. Es decir, el 15% del total (7,5% la parte estatal y 7,5% la parte autonómica), con un máximo de 9.040 € al año; en total, un máximo de 1.356 € al año.
Los importes deducibles correspondientes a esta categoría se incluyen en el apartado “Importe total de la deducción por inversión en vivienda habitual”, informándose en las casillas 547 (estatal) y 548 (autonómico).
Este es el supuesto más habitual por el que el seguro de hogar desgrava en la declaración de la renta.
En caso de que cuentes con una vivienda de tu propiedad y de que esta esté alquilada, podrás deducirte el importe del seguro de hogar en los rendimientos del capital inmobiliario.
En este caso, podrás deducirte cualquier tipo de seguro vinculado al inmueble arrendado, tanto si solo cubre los daños mínimos, como si es un seguro multirriesgo.
En este caso, el seguro de hogar se podrá deducir en su totalidad.
La deducción del seguro de hogar por arrendamiento se puede encontrar dentro del apartado “Relación de bienes inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposición de sus titulares, arrendados o cedidos a terceros, o afectos a actividades económicas”.
En concreto, se deberá rellenar la casilla 0114, correspondiente a las Primas de contrato de seguro, donde se indicará el importe del seguro.
Por último, los trabajadores autónomos también pueden deducirse el seguro de hogar si cumplen ciertas condiciones:
● El seguro de hogar debe estar asociado a su actividad económica.
● Deberá estar registrado en sus libros de contabilidad.
● Deberá estar adecuadamente justificado con las correspondientes facturas.
● El gasto debe haberse producido durante el ejercicio fiscal al que corresponde la declaración de la renta.
Además, hay que tener en cuenta que el autónomo no se desgrava la totalidad del seguro, sino únicamente el porcentaje que corresponda a la parte de la vivienda donde desarrolla su actividad.
Es decir, si, por ejemplo, tienes un seguro de hogar por el que pagas 100 € al año y tan solo tienes el 20% de la vivienda asociada a la actividad económica, podrás deducirte un total de 20 €.
La casilla para informar la deducción del seguro de hogar para los trabajadores autónomos es la 200 (primas de seguros), dentro del apartado “Rendimientos de actividades económicas en estimación directa”, en la casilla 200 (Primas de seguros).
Como ves, el seguro de hogar se puede considerar un gasto deducible en la declaración de la renta, aunque solo en tres supuestos diferentes.
Cada una de estas situaciones tiene sus peculiaridades, especialmente en lo que se refiere a sus límites máximos y al importe total que se puede deducir.
Eso sí, la cantidad a desgravar también dependerá del porcentaje que permita la Comunidad Autónoma en la que se resida y de la situación personal y fiscal de cada contribuyente.