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¿Qué es la cuota de autónomos?

17/3/2020
¿Qué es la cuota de autónomos?
Autor
Vivus

¿Eres autónomo? ¿Te estás planteando trabajar por tu cuenta? Si es así tienes que estar al tanto de la principal obligación que se tiene cuando se está dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o comúnmente dicho si “estás dado de alta como autónomo”.[¿Necesitas una ayuda este mes? Solicita tu préstamo aquí] Si te planteas ser autónomo tienes que tener en cuenta que tienes que cotizar como tal desde el primer día inicies tu actividad por tu cuenta, es decir, tienes que pagar tu cuota de autónomos a la Seguridad Social.Lee también: Ayudas para autónomos por la crisis del coronavirus

Cómo funciona la cuota de autónomos

La pregunta clave es: ¿qué es la cuota de autónomos? Pues se trata del importe que tienes que pagar a la Seguridad Social por tu trabajo por cuenta propia. Este importe es un porcentaje del “sueldo estimado” que vas a tener (denominado base de cotización) que se establece según las coberturas que quieras tener por tu trabajo. A la hora de calcular la cuota de autónomos hay que tener varias ideas claras:1.- La base de cotización tiene un máximo y un mínimo que establece el Gobierno cada año.2.- Hay diferentes coberturas a aplicar a tu cuota.3.- Dependiendo de las características de tu trabajo (sector, edad, determinadas condiciones personales, etc.) estarás obligado a elegir una determinada base aunque no sea la que tú preferirías.

la-cuota-de-autonomos

Coste de la cuota de autónomos

Una vez que tenemos claro cómo se calcula la cuota de autónomos vamos a ver cuánto costaría según las bases estipuladas por el Gobierno para este 2015. En este sentido, las bases de cotización sobre los que calcular la cuota de autónomo son:

  • Base mínima: 884,40 euros mensuales.
  • Base máxima: 3.606 euros mensuales.

Y por otro, los porcentajes a aplicar a estas bases dependen de las coberturas que quieras tener, que son las siguientes:

  • Contingencias comunes (cobertura básica): 29,90%. Esta cantidad se compone del porcentaje por contingencias comunes (29,80%) más el 0,10% obligatorio por cobertura de riesgo durante el embarazo o el periodo de lactancia.
  • Contingencias profesionales o por cese de actividad (cobertura ampliada): Por cese de actividad hay que añadir un 2,20% al porcentaje de las contingencias comunes, es decir, 29,90% + 2,20%=32, 10%. No obstante, la Administración ha hecho una rebaja en este porcentaje y se queda en un 31,5%, puesto que el porcentaje de las contingencias comunes se rebajan al 29,30%. Por otro lado, para las contingencias profesionales será el 29,30%+ % establecido según la tabla que las mutuas establecen por profesión. Hay que tener en cuenta que se puede cotizar por contingencias profesionales o por cese de actividad por separado.

En este sentido, viendo un ejemplo práctico y sin aplicarle bonificaciones el coste de la cuota de autónomos para la base mínima y la máxima sería siguiente:

tabla cuota autonomos

¿Qué la tarifa plana de autónomos?

Ahora que ya sabríamos el máximo y el mínimo que tendríamos que pagar de la cuota de autónomos, vamos a analizar qué es la denominada “tarifa plana de autónomos”. Se trata de un tipo de bonificación realizada por la Administración con la que se reduce la cuota de autónomos para aquellas personas que se den de alta nuevas en el RETA.Esta reducción supone que para la cuota mínima de autónomos se pase de los 264,44€ mensuales a 53,24€al mes durante los 6 primeros meses.Hay que tener en cuenta que la bonificación no dura para siempre y que su duración depende de la edad del trabajador autónomo. Así,  para los menores de 30 años durará 30 meses se establecerá una reducción progresiva del descuento:

  • 6 primeros meses: Reducción del 80%
  • 6 meses siguientes (mes 6 al 11): Reducción del 50%
  • 18 meses siguientes (mes 12 al 30) : Reducción del 30%

Por su parte, para los autónomos de más de 30 años durará 18 meses y la reducción progresiva del descuento será así:

  • 6 primeros meses: Reducción del 80%
  • 6 meses siguientes (mes 6 al 11): Reducción del 50%
  • 6 meses siguientes (mes 12 al 18) Reducción del 30%

Las condiciones para poder optar a la tarifa plana de autónomos son las siguientes:

  • El trabajador no haya estado dado alta en el régimen especial de trabajadores por cuenta propia en los últimos 5 años.
  • No sea administrador de alguna sociedad.
  • No ser un autónomo colaborador, en régimen especial para familiares de autónomos.
  • No haber recibido alguna bonificación anterior en el RETA.

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