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¿Tienen las deudas fecha de caducidad?

17/7/2019
¿Tienen las deudas fecha de caducidad? | Vivus.es
Autor
Remo

Que levante la mano el que nunca haya tenido una deuda. Probablemente, nadie la levante. ¿Nos equivocamos? Hipoteca, tarjetas de crédito, préstamos personales… Hoy en día, casi todo el mundo tiene alguna deuda en su balance financiero personal.Esto es así porque en las sociedades modernas, consumo y crédito se dan la mano de forma habitual. Si algo es caro y no tenemos ahorros para pagarlo al contado, no renunciamos a la compra, lo financiamos. El problema es que las deudas, mal gestionadas, pueden arrastrar hacia el precipicio de la bancarrota a cualquier persona o empresa.[¿Necesitas una ayuda este mes? Solicita tu préstamo aquí] Lo que mucha gente no sabe es que estas deudas, como casi todo en esta vida, también tienen fecha de caducidad, es decir, pasado un tiempo, las obligaciones de plazo prescriben y desaparecen. Estos plazos están regulados por ley y dependen del tipo de obligación de que se trate.

¿Cuál es la fecha de caducidad de las deudas?

Fecha de caducidad deudas

Repasemos la fecha de caducidad de las deudas más comunes:

  • Préstamos hipotecarios. Aunque es prácticamente imposible que esta situación tenga lugar, ya que en caso de impago el banco ejercerá sus derechos contra la vivienda (primero embargo y luego subasta), el Código Civil establece las deudas hipotecarias prescriben 20 años después de su fecha de vencimiento.
  • Tarjetas de crédito. Estas deudas caducan a los cinco años. No obstante, también es improbable llegar a esta situación, ya que antes de que ocurra, con toda probabilidad, el acreedor habrá ejercido las acciones legales necesarias para reclamar el dinero a sus deudores.
  • Deudas con Hacienda. Si le debes dinero a la Agencia Tributaria y esta no lo reclama, la deuda prescribirá pasados cuatro años. Pero… ¿conoces a alguien que no haya recibido antes una notificación avisando del impago? ¡Hacienda no perdona ni una!
  • Deudas con la Seguridad Social. Al igual que en el caso anterior, las deudas con la Seguridad Social también caducan, con carácter general, en un plazo de 4 años, aunque los plazos varían en función del tipo de deuda de que se trate.
  • El Código Civil dictamina que las deudas por alquileres de inmuebles prescriben a los cinco años, aunque también es complicado que esto ocurra sin que el arrendador mueva ficha antes e inicie una reclamación por vías legales.
  • Impuestos municipales. Los impuestos municipales más habituales son el Impuesto de Circulación y el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). En ambos casos, el plazo de caducidad en caso de impago es de cuatro años.

Como acabas de ver, todas las deudas tienen fecha de caducidad. No obstante, llegar a esa situación es bastante complicado, ya que si el acreedor inicia un proceso de reclamación de pago, se paraliza el proceso de prescripción de la deuda.De esta forma, si tuviésemos una deuda por el impago de una tarjeta de crédito, por ejemplo, y el banco activase su maquinaria legal para cobrarla, el tiempo se pararía y los plazos para que la obligación de pago caduque se interrumpirían.Con todo, es importante resaltar que no pagar una deuda no puede ser una opción. Los líos legales en los que puedes verte envuelto son bastante peliagudos y es mejor evitarlos. Es mejor seguir los principios morales de Tyrion Lannister, uno de los personajes más influyentes de la serie Juego de Tronos, que cuando hablaba de deudas siempre enfatizaba en que “un Lannister siempre paga sus deudas”.Si necesitas una ayudita extra, en Vivus podemos ofrecerte un préstamo rápido de hasta 1.000 euros (300 si es la primera vez que lo solicitas) para poder hacer frente a cualquier imprevisto que te pueda surgir. Es muy sencillo y solo te tomará diez minutos. ¡Apenas hay papeleo!

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