El coronavirus nos ha cogido a todos con el pie cambiado, pocas dudas caben de ello. Y los países han tenido que crear regulaciones específicas para esta situación. Uno de los temas donde más incertidumbre hay es en lo relacionado con las bajas laborales. Hoy, hablamos de los derechos a baja laboral por coronavirus que tienes en caso de hijos infectados, ser asintomático, etc.
Como puedes imaginar, no es fácil escribir este artículo, porque la información disponible es siempre incompleta… ¡Si ni siquiera la regulación y la legislación es clara al respecto! Sin embargo, hemos hecho nuestro mayor esfuerzo por traerte la información más clara e importante que hay al respecto. ¡Sigue leyendo y descúbrelo!
Como bien sabes, las bajas laborales las conceden los médicos, así que es el criterio médico el que determina si cogerás o no cogerás la baja por coronavirus. Esto es lo primero que hay que tener claro: no depende de tu jefe ni de la empresa. Depende del médico. Aclarado esto, ¿en qué casos conceden los médicos la baja por coronavirus?Pues, en general, la conceden a aquellas personas que han dado positivos en el test PCR de coronavirus o a aquellas que tienen un contacto estrecho con un positivo.
¿Y qué es contacto estrecho? Pues los médicos entienden por contacto estrecho el contacto durante más de 15 minutos a menos de dos metros y sin protección que se haya tenido con una persona infectada durante los dos últimos días antes de que ésta presentara síntomas o se le haya diagnosticado.
Es decir, si la cajera del Mercadona ha dado positivo en coronavirus y te atendió a ti, no se considera contacto estrecho, porque no estuvisteis más de 15 minutos sin protección y a menos de dos metros. En cambio, si el que ha dado positivo en coronavirus ha sido tu hijo, sí se considera que has tenido contacto estrecho y, por lo tanto, se te tramita labaja.
Sí, sin duda. Como hemos dicho, la baja no se concede por presentar síntomas, sino por tener el virus. Porque, como todo el mundo ya sabe a estas alturas, los asintomáticos también pueden contagiar.Por lo tanto, si eres positivo en coronavirus, aunque seas asintomático, se te dará la baja y deberás permanecer en casa. No obstante, existe un matiz a esto, que comentaremos en el último apartado del artículo.Lee también: 5 lecciones económicas que hemos aprendido de la crisis del coronavirus
Como hemos dicho, la baja por coronavirus no se coge sólo cuando se da positivo, sino también cuando se tiene contacto estrecho con alguien que ha dado positivo. Lógicamente, con los hijos hay un elevado grado de contacto estrecho (en la mayoría de casos), por lo que, si tu hijo tiene coronavirus, deberían tramitarte la baja a ti también (de nuevo, salvo la excepción que mencionaremos en el último apartado).
Hay que mencionar algo aquí: puede que tengas un hijo pero que no lo veas, por muchas razones. Quizá esté en un internado en otro país o quizá estés divorciado y su madre no te deje verlo. Las casuísticas pueden ser muchas. Lo que debes entender es que la baja no se te tramita porque tu hijo tenga coronavirus, sino porque, al tenerlo, has estado cerca de un infectado y tú puedes tenerlo en algún momento. Por lo tanto, si tú no tienes contacto con tu hijo, el hecho de que él tenga coronavirus no implica que tú tengas que coger la baja, porque no tienes riesgo de haberlo contraído tú también. Es importante que se entienda esto: no es el hecho de que tu hijo esté infectado lo que te permite obtener la baja, sino que es el contacto con él.
Con tu pareja sucede lo mismo que con tus hijos: si estáis conviviendo juntos y ella da positivo en el test de coronavirus, es muy probable que tú también te infectes, independientemente de si llegas a presentar síntomas o no. Es por ello que también se te debe tramitar la baja a ti.
En cambio, si ella está de viaje o estáis separados y no vivís juntos, que ella coja el coronavirus no justifica que tú cojas la baja.
La baja por coronavirus, tanto en aquellos casos en los que has dado positivo como en aquellos casos en los que has tenido contacto estrecho con un infectado, dura 14 días.
Sin embargo, hay que entender que, en aquellos casos en que se ha dado positivo, la enfermedad puede alargarse y complicarse, por lo que la duración de la baja dependerá de la evolución clínica del paciente.
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Es importante entender que la baja no es necesaria en todos los casos. Por ejemplo, si un familiar tiene coronavirus o eres asintomático, puedes no coger la baja. Pero deberás seguir en cuarentena en casa.
Por lo tanto, esta opción sólo es válida para aquellas personas que pueden teletrabajar. Si estás en condiciones de desempeñar tu trabajo desde casa, no es necesario que cojas la baja laboral por esos casos.
Evidentemente, si eres tú quien ha cogido el virus y no eres asintomático (esto es, tienes síntomas y te sientes mal), sí la puedes coger. Pero, si ése no es tu caso, no es obligatorio cogerla, siempre que puedas teletrabajar sin salir de tu hogar. Lo importante es que guardes la cuarentena durante 14 días para evitar que contagies a terceras personas en el puesto de trabajo.
Como puedes ver, todo lo que tiene que ver con bajas laborales en relación a la Covid-19 está un poco en el airey depende del médico. Sin embargo, debe primar siempre el principio de precaución, así que, en el caso de que tengas hijos enfermos o seas positivo pero asintomático, debes permanecer en tu hogar para evitar contagiar a otras personas.
Recuerda: consulta siempre en fuentes oficiales los consejos para evitar el contagio y la propagación del virus COVID-19.