Estar en una lista de morosos tiene importantes consecuencias de cara a solicitar cualquier servicio ofrecido por las principales entidades bancarias, organismos y empresas asociadas a la Asociación Nacional de Entidades Financieras de España (ASNEF) como la imposibilidad de pedir un crédito o préstamo ante una necesidad económica.
Los principales motivos que pueden llevarnos a ser declarados morosos son el impago de un recibo, cuota o deuda. Dado que las consecuencias, como decimos, pueden ser determinantes a la hora de necesitar contratar cualquier tipo de financiación o crédito así como en relación a la empresa a la que debamos ese dinero, es fundamental mantener al día todos nuestros pagos.
Según Ley Orgánica 3/2018, los requisitos que establece al respecto (art. 20.1), es que los datos se refieran a deudas ciertas, vencidas y exigibles y que el acreedor haya informado al afectado en el contrato o en el momento de requerir el pago acerca de la posibilidad de inclusión en dichos sistemas.
Pero muchas veces estas notificaciones se envían a direcciones antiguas o se extravían y los afectados no son informados, se dan errores en la titularidad de los deudores así como posibles malentendidos con las empresas que reclaman la deuda de un pago ya realizado.
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Ante la posibilidad de no ser informado por alguno de los errores mencionados, existe la opción de revisar periódicamente si hemos entrado o no en una de estas listas solicitando el acceso a las bases de datos de morosos.
En España hay tres ficheros de morosos principales: ASNEF, CIRBE y RAI. Cada uno de ellos requiere una serie de documentación para poder acceder a sus bases de datos y consultar si formamos parte de ellas. Puedes solicitar el acceso en sus páginas webs:
En el caso de ASNEF solicitan datos personales como el DNI o CIF, la dirección postal, y la documentación referente a la deuda. Se puede acceder a CIRBE con el DNI y rellenando un formulario. Por su parte, para conocer si se está dentro de un listado RAI, con el CIF y completando un formulario web de solicitud, será suficiente.
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Una vez se envían los datos requeridos y se solicita el acceso, en el plazo de un mes los usuarios pueden recoger la información de forma presencial en alguno de estos organismos, o bien solicitar su recepción en su propio domicilio por correo certificado, para conocer si sus datos están inscritos dentro del listado de morosos.