El periodo para presentar la declaración de la renta comienza en abril y se extiende hasta finales del mes de junio. Durante estos casi tres meses, millones de contribuyentes están llamados a regularizar su situación fiscal con Hacienda, especialmente aquellos que cumplen con las condiciones que obligan a su presentación.
Pero, ¿qué ocurre si se te olvida presentar la declaración? ¿Qué consecuencias puede tener? ¿Debo esperar a que sea Hacienda quien me lo comunique? A continuación, te explicamos todos los detalles.
La forma de presentar la declaración de la renta fuera de plazo es muy sencilla. De hecho, apenas cambia con respecto a la presentación normal. Únicamente tienes que acudir a la página de Hacienda, pulsar en el apartado de “Impuestos” y después en “IRPF”. En cualquier caso, no debes olvidar que la declaración ha de presentarse en el periodo establecido para evitar problemas futuros con Hacienda.
Si se te ha pasado ya el plazo para presentar la declaración de la renta o no la presentaste porque pensabas que no estabas obligado a hacerlo, puedes cumplir con Hacienda en cualquier momento, incluso después de que hayan pasado años. Eso sí, que la presentes tarde no quiere decir que no haya consecuencias.
De hecho, Hacienda puede sancionarte y aplicar un recargo a lo que te toca pagar. La consecuencia dependerá de varias cosas:
● El resultado de tu declaración de la renta, si te ha salido a pagar o a devolver.
● De si eres tú quien cumple de forma activa o ha sido Hacienda quien te ha enviado un requerimiento para su presentación.
● Del tiempo transcurrido desde el final del plazo para su presentación.
En este sentido, se pueden contemplar varios escenarios.
Los primeros supuestos dependen de que no haya un requerimiento previo de Hacienda. Es decir, si el contribuyente se ha dado cuenta de que no la ha presentado y decide hacerlo de forma proactiva.
En este primer supuesto, si el resultado de la declaración de la renta es positivo, es decir, a pagar, la mejor forma de ahorrarte disgustos es presentando la renta directamente por tu cuenta sin que te lo pida Hacienda, aunque sea tarde. En ese caso deberás hacer frente a un recargo, pero no a una sanción.
Estos recargos dependen de los meses que hayan pasado desde el fin de la declaración de la renta, y se aplicarán sobre la cantidad a pagar:
● Si han pasado menos de tres meses, se aplicará un recargo del 5%.
● Si han pasado entre tres y seis meses, el recargo será del 10%.
● Hasta 12 meses, hasta un 15% de recargo.
● Si han pasado más de 12 meses, el recargo a aplicar será del 20%, a lo que habría que añadir un interés de demora de otro 5% adicional.
Es, sin duda, el caso más repetido. Un contribuyente que no presenta la declaración porque cree que no estaban obligados a hacerlo y pierden la oportunidad de recibir el importe de devolución de la declaración.
En este caso, no existe ningún perjuicio para Hacienda, sino más bien al contrario, ya uqe la AEAT se libra de tener que pagar. Aun así, estarás cometiendo una infracción de carácter leve sancionada con una multa de 200 €, que será la mitad si no hay requerimiento previo de Hacienda.
El problema se agrava si es Hacienda quien envía un requerimiento al contribuyente. En este caso, obviamente, las multas serán mayores, tanto si el resultado es a ingresar como si sale a devolver.
Cuando Hacienda es la perjudicada y además tiene que ser ella quien te ha enviado el requerimiento, la sanción será mucho mayor que si lo decides hacer por tu cuenta. En este caso, el recargo oscilará entre el 50 y el 150% de lo que tenías que pagar dependiendo de la gravedad de la infracción, según figura en el artículo 191 de la Ley General Tributaria.
La sanción se puede reducir un 30% por conformidad. Dicho de otro modo, Hacienda te perdonará parte de la deuda si aceptas la sanción y no recurres. Además, también podrás reducir la multa otro 25% si pagas dentro del periodo voluntario que marque la notificación de la AEAT.
Hacienda también te puede requerir presentar la declaración aunque el resultado sea positivo para tus intereses. Pero, además, no va a pasar por alto tu olvido, aunque le toque devolverte dinero. Eso sí, las molestias de avisarte te costarán 200 €, que es la sanción por no hacer el IRPF a tiempo.
El resultado es que lo que iba a ser una devolución puede terminar saliéndote a pagar. Algo parecido ocurre con otras declaraciones de la renta, como las declaraciones censales, en las que la multa es de 400 € o las informativas, cuyas sanciones van desde los 300 hasta los 20.000 € dependiendo de los días de retraso.
Olvidarte de presentar la declaración de la renta en el plazo previsto tiene consecuencias que pueden acabar siendo graves. Por eso, lo fundamental es que no se te pase el periodo para evitar problemas con Hacienda.
Pero si finalmente te has olvidado hacerlo, debes saber que puedes seguir presentándola aunque, eso sí, con una multa o recargo que te impondrá la Agencia Tributaria. En cualquier caso, es importante evitar que te llegue un requerimiento para hacerlo, ya que la sanción será mucho mayor que si lo haces de forma proactiva.